Colegios de Abogados pide la adecuación en la dotación presupuestaria a la asistencia jurídica gratuita

El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, José Miguel Barragán, y el presidente del Consejo Canario de Colegios de Abogados, Juan Antonio Rodríguez, alcanzan un compromiso para crear un mecanismo a fin de encauzar sus relaciones.

El Consejo Canario de Colegios de Abogados se reunió en la sede de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife. El encuentro sirvió, entre cosas, para alcanzar un compromiso a fin de institucionalizar las relaciones entre este organismo y el Ejecutivo canario mediante la creación de una comisión mixta que facilite el diálogo entre las dos partes de forma que sea el marco idóneo para plantear y resolver aquellas cuestiones que se considere necesarias.

Además, el consejero José Miguel Barragán y el director general de Relaciones con la Administración de Justicia, Cesáreo Rodríguez, trasladaron al presidente del Consejo Canario de Colegios de Abogados, Juan Antonio Rodríguez, y los vocales del mismo, el estado de tramitación del proyecto de infraestructuras judiciales el que trabaja este departamento. En este sentido, se les adelantó que podrán conocer el documento tan pronto sea aprobado.

Por otra parte, el Consejo Canario de Colegios de Abogados planteó la exigencia de actualización y adecuación a la realidad jurídica y social la dotación presupuestaria a la asistencia jurídica gratuita que prestan los Colegios de Abogados proponiendo como mejoras en el sistema de baremo del turno de oficio la inclusión de diferentes conceptos que actualmente no son objeto de compensación tales como los días de guardia en el turno específico de violencia de género (que se deberán remunerar con independencia de las asistencias y/o trabajo realizado) dado el requisito de asistencia inmediata a que hace especial referencia el estatuto de la víctima, las reclamaciones previas y las conciliaciones en derecho administrativo, los trámites de nacionalidad, recursos administrativos, de reforma y reposición, ejecuciones, hospedaje en desplazamientos a islas capitalinas, jurisdicción voluntaria, actuaciones notariales, partidas correspondientes a contador-partidor, comparecencia del artículo 503 y 505 del Código Penal, procedimientos judiciales no especificados en el correspondiente baremo que se deberán compensar en función del procedimiento judicial correspondiente (verbal u ordinario), así como la incorporación de nuevos servicios para la ciudadanía, como la prestación de un servicio de orientación jurídica a la población reclusa de modo que también alivie la carga de trabajo de los juzgados en la ejecución de penas.

Cinco cortos sobre violencia de género en la adolescencia

La serie de cinco cortometrajes “Encuentra el Verdadero Amor”, dirigidos y producidos por la Asociación de Mujeres Cineastas y de Medios Audiovisuales (CIMA) permite trabajar diferentes ámbitos relacionados con la violencia de género en la adolescencia a través de cinco historias diferenciadas protagonizadas por jóvenes. Su visionado debe ser acompañado de las actividades para el uso educativo de los mismos contenidas en la Guía Didáctica, lo que les convierten en un recurso de fácil acceso y utilización para profundizar y trabajar en la prevención de la violencia de género en el ámbito educativo. El objetivo fundamental es enseñar a detectar las primeras señales del maltrato en la adolescencia e informar de qué hacer ante una situación de maltrato.

Actividades de Formación: “Conferencia de los lunes”

Apreciado/a Colegiado/a:

Dentro de las actividades de formación de este Consejo General, el próximo día 11 de septiembre, de 16:30 a 18:30 h, se celebrará en la sede del Consejo General de la abogacía, (Paseo de Recoletos nº 13 de Madrid), una conferencia sobre “”El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen en el ámbito de las relaciones laborales. Utilización de las nuevas tecnologías en el trabajo”. La Conferencia se enmarca dentro de las denominadas “Conferencias de los lunes”, actividad con la que el Consejo General de la Abogacía inicia una nueva etapa en la que se pretende acercar a los abogados y demás actores de la Administración de Justicia, aquellos temas de interés en el ejercicio profesional.

A la Conferencia se podrá asistir previa inscripción y de forma gratuita. Asimismo se retransmitirá por internet para ser seguida por todos los Consejos, Colegios y colegiados que lo deseen, a través de la página web del Consejo: www.formacionabogacia.es en la que está habilitado un banner con un enlace para proceder a la inscripción tanto para la asistencia presencial a la Jornada cómo para acceso a la retransmisión.

Para el visionado online del acto el día de la retransmisión, se deberá acceder a la información de la celebración de la jornada en la página www.formacionabogacia.es

Consideramos que el tema a desarrollar es de interés para todos los profesionales implicados y los ponentes tienen una destacada experiencia en tan importante tema.

Para cualquier problema técnico que pueda surgir, puedes dirigirte al número de teléfono 91 150 10 03 o al correo soporte@formacionabogacia.es

Programación

16:30 h. – 18:30 h.

El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen en el ámbito de las relaciones laborales. Utilización de las nuevas tecnologías en el trabajo.

Ponente: Dña. Ana Orellana Cano. Magistrada. Presidenta de la Sección 1ª de la Sala de lo Social. Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

Coordinador: D. Ignacio Cuesta Areces. Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Oviedo. Consejero del Consejo General de la Abogacía Española.

“Conferencias de los lunes”: el plan de formación esencial para el reciclaje permanente de la abogacía

La Comisión de Formación del Consejo General de la Abogacía Española ha elaborado y aprobado un Plan Formativo que comenzará a desarrollarse a partir del mes de septiembre 2017 y mediante el cual se ofrecerá a los Colegios y a través de éstos a los colegiados, unas herramientas formativas de máxima calidad que faciliten el reciclaje permanente que el ejercicio de la abogacía requiere. Estas jornadas se encuentran entre las medidas recogidas en el Plan Estratégico de la Abogacía 2020.

Dicho Plan de Formación dará comienzo con un calendario continuado de charlas sobre materias de interés, divididas por órdenes jurisdiccionales (laboral, civil, penal, administrativo, extrajudicial y “otros”, siempre en idéntica secuencia) y trimestres, que se denomina las “conferencias de los lunes”, a desarrollar siempre el segundo y cuarto lunes de cada mes.

Las conferencias tendrán lugar en horario de tarde y se podrá asistir a las mismas tanto de manera presencial como on line, según el calendario correspondiente al último cuatrimestre del año.

La primera conferencia tendrá lugar el próximo lunes, 11 de septiembre, y versará sobre “El derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen en el ámbito de las relaciones laborales”. Ana Orellano Cano, magistrada y presidenta de la sección 1º de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía será la ponente.

A partir de 2018, se irán incorporando paulatinamente cursos y jornadas de mayor duración, configurando un programa que se comunicará con antelación suficiente al objeto de poder reservar agendas, y que asimismo se “subirá” a un apartado específico y visible de la web corporativa, donde se alojarán todas las actividades desarrolladas para ulteriores consultas.

Congreso Nacional: Nuevos retos, nuevos modelos

CONGRESO NACIONAL “NUEVOS RETOS, NUEVOS MODELOS”.

Los próximos 19 y 20 de octubre celebraremos en el Palacio de Congresos de Gran Canaria el Congreso Nacional “Nuevos Retos, Nuevos Modelos”que reunirá en Gran Canaria a un nutrido grupo de expertos, autoridades públicas y destacados profesionales de las Organizaciones del Tercer Sector Social a nivel nacional que trabajan por la inclusión de colectivos vulnerables.

El objetivo del Congreso es reflexionar sobre tres cuestiones fundamentales: la situación actual del Tercer Sector Social, los retos que las personas nos plantean y los cambios que tenemos que desplegar e implementar para ello. El propósito es que sirva de punto de inflexión en las políticas desarrolladas, en los servicios prestados y en las relaciones de las organizaciones con la administración.

Para consultar el programa del congreso on-line se puede hacer en el enlace https://issuu.com/asociacionadepsi/docs/adepsi_congreso_libreto

Además también se puede consultar en la propia página web del evento www.adepsi.org/congreso2017 , donde también se pueden realizar las inscripciones al evento.

El plazo máximo de inscripción hasta el 6 de octubre.

Rogamos colaboren con nosotros realizando la mayor difusión posible del evento.

Los abogados agilizarán los expedientes de nacionalidad por residencia al tramitar telemáticamente las solicitudes

Los abogados agilizarán los expedientes de nacionalidad por residencia al tramitar telemáticamente las solicitudes

La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, firman el Convenio de habilitación

La tramitación por los letrados con su certificado ACA y la colaboración de los Colegios de Abogados permitirán reducir los plazos de resolución

La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, han firmado el martes 25 de julio el Convenio suscrito entre ambas instituciones para habilitar que los abogados puedan presentar electrónicamente las solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados.

Para permitir la remisión telemática de la documentación de los expedientes, debidamente indexada y metadatada, el Consejo General de la Abogacía ha desarrollado una plataforma técnica que permite al abogado tramitar con su carné ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía) las solicitudes de expedientes de nacionalidad y subir a la web del Ministerio de Justicia la documentación preceptiva en formato telemático.

Los Colegios de Abogados adheridos al Convenio extenderán un Certificado de Revisión Colegial que acompañará a cada solicitud indicando que concurren todos los requisitos exigidos por la Dirección General de los Registros y del Notariado para obtener la adquisición de nacionalidad por residencia.

Los abogados adheridos a este Convenio y que tramiten con su carné ACA estos expedientes podrán gestionarlos a través de la plataforma del Consejo General de la Abogacía Española. Los Colegios de Abogados revisarán y cotejarán la documentación que el abogado gestione telemáticamente en representación de sus clientes.

Gracias a este Convenio se agilizarán y reducirán los plazos de las gestiones encomendadas por los ciudadanos a sus abogados para gestionar sus expedientes de adquisición de nacionalidad. Recientemente la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés, ha reconocido en el Congreso de los Diputados que en España se tramitan anualmente unos 150.000 expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia.

Tribunal Supremo: Auto del Pleno de la Sala de 14 de junio de 2017

TRIBUNAL SUPREMO

SALA CIVIL

GABINETE TÉCNICO

Auto del Pleno de la Sala de 14 de junio de 2017. Conflicto de competencia 61/2017

Modificación de medidas posterior a la sentencia de divorcio dictada por un juzgado de violencia sobre la mujer y al sobreseimiento de las actuaciones penales. Es competente el juzgado de primera instancia con competencia en materia de familia.

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo, en un auto del que ha sido ponente D. Francisco Javier Arroyo Fiestas, ha resuelto el conflicto de competencia planteado respecto de una demanda de modificación de medidas presentada en fecha posterior a la terminación, por auto de sobreseimiento provisional, del proceso penal tramitado por un juzgado de violencia sobre la mujer.

El conflicto planteado exigía determinar el órgano competente para el conocimiento de un juicio de modificación de medidas en aquellos casos en que, habiéndose dictado sentencia de divorcio por un juzgado de violencia sobre la mujer, el proceso penal se haya archivado o sobreseído, provisional o libremente, antes de la interposición de la demanda de modificación de medidas. Al conflicto de competencia objetiva se superponía, además, otro conflicto de competencia territorial.

Respecto de la competencia objetiva, la sala resuelve la cuestión atribuyendo la competencia al juzgado de primera instancia, pues la competencia del juzgado de violencia sobre la mujer solo subsiste en tanto alguna de las partes del proceso civil se encuentre imputada por actos de violencia de género (art. 87 ter LOPJ). El auto resume, además, los criterios que determinan la atribución de competencia a una u otra clase de órgano jurisdiccional, enumerando las siguientes reglas:

  • 1. Será competente el juzgado de violencia sobre la mujer cuando la demanda de modificación de medidas se interponga en fecha en que el procedimiento penal esté en trámite, es decir, no archivado, sobreseído o finalizado por extinción de la responsabilidad penal.
  • 2. Será competente el juzgado de primera instancia o de familia cuando la demanda de modificación de medidas se interponga una vez sobreseído o archivado, con carácter firme, el procedimiento penal, o cuando al interponerse ya se haya extinguido la responsabilidad penal por cumplimiento íntegro de la pena.
  • 3. El momento concluyente para la determinación de la competencia será la interposición de la demanda (art. 411 LEC), siendo irrelevante (a efectos de competencia) que el archivo o sobreseimiento de la causa penal se acuerde tras la interposición de la demanda.
  • 4. De acuerdo con el art. 775 LEC, cuando el conflicto se dilucide al margen de los casos de violencia contra la mujer, la demanda de modificación de medidas se interpondrá ante el juzgado que dictó las medidas definitivas cuya modificación se pretende.

Respecto de la competencia territorial, resulta de aplicación el art. 769.3 LEC, que determina la competencia del juzgado correspondiente al último domicilio común de los progenitores y, de residir estos en distintos partidos judiciales, como es el caso, la del juzgado del domicilio del demandado o de la residencia del menor, a elección de la parte demandante.

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