Colegios de Abogados pide la adecuación en la dotación presupuestaria a la asistencia jurídica gratuita
El consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad, José Miguel Barragán, y el presidente del Consejo Canario de Colegios de Abogados, Juan Antonio Rodríguez, alcanzan un compromiso para crear un mecanismo a fin de encauzar sus relaciones.
El Consejo Canario de Colegios de Abogados se reunió en la sede de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife. El encuentro sirvió, entre cosas, para alcanzar un compromiso a fin de institucionalizar las relaciones entre este organismo y el Ejecutivo canario mediante la creación de una comisión mixta que facilite el diálogo entre las dos partes de forma que sea el marco idóneo para plantear y resolver aquellas cuestiones que se considere necesarias.
Además, el consejero José Miguel Barragán y el director general de Relaciones con la Administración de Justicia, Cesáreo Rodríguez, trasladaron al presidente del Consejo Canario de Colegios de Abogados, Juan Antonio Rodríguez, y los vocales del mismo, el estado de tramitación del proyecto de infraestructuras judiciales el que trabaja este departamento. En este sentido, se les adelantó que podrán conocer el documento tan pronto sea aprobado.
Por otra parte, el Consejo Canario de Colegios de Abogados planteó la exigencia de actualización y adecuación a la realidad jurídica y social la dotación presupuestaria a la asistencia jurídica gratuita que prestan los Colegios de Abogados proponiendo como mejoras en el sistema de baremo del turno de oficio la inclusión de diferentes conceptos que actualmente no son objeto de compensación tales como los días de guardia en el turno específico de violencia de género (que se deberán remunerar con independencia de las asistencias y/o trabajo realizado) dado el requisito de asistencia inmediata a que hace especial referencia el estatuto de la víctima, las reclamaciones previas y las conciliaciones en derecho administrativo, los trámites de nacionalidad, recursos administrativos, de reforma y reposición, ejecuciones, hospedaje en desplazamientos a islas capitalinas, jurisdicción voluntaria, actuaciones notariales, partidas correspondientes a contador-partidor, comparecencia del artículo 503 y 505 del Código Penal, procedimientos judiciales no especificados en el correspondiente baremo que se deberán compensar en función del procedimiento judicial correspondiente (verbal u ordinario), así como la incorporación de nuevos servicios para la ciudadanía, como la prestación de un servicio de orientación jurídica a la población reclusa de modo que también alivie la carga de trabajo de los juzgados en la ejecución de penas.