Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notario sobre la Inscripción en el Registro Mercantil de las Personas Físicas Profesionales

Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notario sobre la Inscripción en el Registro Mercantil de las Personas Físicas Profesionales que prestan servicios descritos en el Artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010 de 28 de abril, de prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo

Las personas físicas profesionales que prestan los servicios descritos en el artículo 2.1.o) de la Ley 10/2010 de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo tienen de plazo hasta el 31 de diciembre para su inscripción en el correspondiente Registro Mercantil. La Instrucción de la Dirección General de los Registros y del Notariado que regula esta prórroga está pendiente de su publicación en el BOE. 

El plazo para realizar la declaración, que inicialmente estaba prevista para el 4 de septiembre de 2019, se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre, y podrá realizarse tan pronto como esté en funcionamiento la aplicación informática en la sede electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España.

Descárgate la instrucción pinchando en el siguiente enlace de descarga.

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