Conclusiones XII Jornadas CRAJ

XII JORNADAS NACIONALES DE COMISIONES DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA CELEBRADAS EN OVIEDO

Conclusiones XII Jornadas CRAJ:

Relator: Jesus Mª Sanchez Garcia

Mesa 1ª. Pacto de estado por la Justicia.

Se consideran como punto de partida idóneo para la solución de los problemas de la justicia española, las 34 propuestas presentadas por el CGAE para un Pacto de Estado por la Justicia presentadas en diciembre de 2016.

Mesa 2ª. Organización territorial de la Justicia.

La Justicia es un servicio público con vocación de cercanía que exige que el territorio se tenga que vertebrar, debiendo existir unidades jurisdiccionales en todo el territorio nacional, sin perjuicio de su asignación en función de las necesidades demográficas actuales.

Mesa 3ª. Legalidad de los registros en los despachos profesionales.

En base al principio de primacía del derecho comunitario (art. 4 bis LOPJ y STC 5/11/2015 y 30/01/2017) y el control de convencionalidad (art. 10.2 y 96 CE), exigimos de nuestros Juzgados y Tribunales el estricto cumplimiento de los artículos 6 y 8 del Convenio para la Protección de los Derechos y las Libertades Fundamentales y los artículos 6, 7, 47 y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, conforme a los parámetros fijados en esta materia, tanto por el TEDH (sentencias de 21/01/2010, caso Xavier de Silveira c/Francia; 06/12/2012, caso Muchaud c/ Francia y 01/12/2015, caso Brito Ferrinho c/ Portugal), como por el TJUE (Sentencia 26/06/2007, asunto C-305/05; 14/10/2010, asunto C-550/07 y 04/06/2013, asunto C-300/11), a fin de que cualquier medida que pudiera adoptarse respecto de la entrada y registro del despacho de un abogado, deberá ir acompañada de “garantías especiales”, a fin de preservar el secreto profesional, tanto del investigado que pudiera verse afectado por la medida, como respecto de terceros, resultando insuficiente la sola intervención y presencia del Letrado de la Administración de Justicia, siendo imprescindible la obligatoriedad de asistencia del Decano del Colegio o persona que éste designe para garantizar el respeto del el artículo 8 del CEDH.

Mesa 4ª. Reforma de la LECrim: Análisis de la propuesta de instrucción de las causas por parte de la Fiscalía.

Con independencia de quien lleve la investigación en el seno del proceso penal, la salvaguarda de los derechos del investigado debe estar tutelada por un Juez de Garantías.

Mesa 5ª. Protección de la actuación profesional en estrados.

Resulta necesario articular un sistema de recursos frente a las resoluciones de las Salas de Gobierno de los TSJ sobre correcciones disciplinarias a los abogados en actuaciones jurisdiccionales, reformando los artículos 556 y 557 de la LOPJ y del artículo 247 de la LECivil, que permita recurrir a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Solicitar del CGPJ la necesaria modificación normativa necesaria del procedimiento disciplinario frente a un Juez o Magistrado, de tal manera que permita comprobar no solo la concreta actuación objeto de la denuncia, si no necesariamente otras actuaciones pretéritas del sujeto pasivo del expediente.

Oviedo, 31 de marzo de 2017

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